El IGIC es el tributo que se aplica en Canarias en lugar del IVA. Como tiene unas características especiales y unos tipos de gravamen diferentes, es interesante saber cuál es el funcionamiento para no tener problemas en la compraventa de bienes y servicios con el archipiélago.
El IGIC, el sustituto del IVA en Canarias
Este tributo, cuyo nombre completo es Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), grava las importaciones, exportaciones y la comercialización de bienes y servicios en Canarias. Es importante indicar que, a efectos aduaneros, el resto de España se ve afectado por este tributo igual que cualquier otro Estado de la Unión Europea.
Cuenta con un tipo de gravamen general del 7 % para la mayoría de los productos pero, al igual que en el IVA, existe un tipo reducido del 3 %; además, en determinados productos hay un tipo incrementado del 9,5 y 13 %. Además, en los productos de primera necesidad el gravamen es del 0 %.
¿Cómo afecta el IGIC a las operaciones de Logística en Canarias?
El principal problema de este impuesto está en el diferencial que se genera con el resto del Estado. Si, por ejemplo, la entrega es entre islas, no habrá ningún problema porque lo único que hay que hacer es aplicar el correspondiente tipo impositivo al igual que se haría con el IVA en la península.
Ahora bien, cuando hay que importar o exportar, procederá rellenar el Documento Único Aduanero (DUA) para realizar la operación. En este caso, hay que declarar a la Agencia Tributaria lo que se va a recoger cuando se importe o lo que se va a exportar y pagar el impuesto cuando corresponda.
Finalmente, es importante no confundir este tributo con el AIEM (Arbitrio sobre las Importaciones y Entrega de Bienes a Canarias) que también grava determinados productos estratégicos para la economía del archipiélago.
¿Hay exenciones del IGC para transitarios?
Existen excepciones para la aplicación de este impuesto por parte de los transitarios. En primer lugar, la entrega de bienes que tengan interés social y cuando no haya ánimo de lucro. Por otra parte, la entrega de medicamentos y fluidos. Finalmente, los bienes que entregue la Administración también estarán exentos de pagar el tributo.
Conclusión
El IGIC es un tributo que se tendrá que pagar cuando se realice una venta de bienes o servicios en Canarias. Tiene la ventaja de tener un tipo de gravamen inferior al IVA con el objeto de que la economía del archipiélago sea más competitiva. En el caso de querer operar en el archipiélago o exportar, es aconsejable contar con el concurso de un transitario que contribuya a gestionar la documentación para evitar sanciones tributarias. Es fundamental conocer los impuestos en Canarias para no tener problemas.